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Nacional

Ley de Góndolas: la reglamentación suma productos

La normativa entró en vigencia y promueve una mayor cantidad de marcas en los supermercados, para bajar los precios de los productos.


En línea con lo anunciado por Santiago Cafiero, Alberto Fernández firmó la reglamentación de la Ley de Góndolas el viernes pasado. De esta manera, entró en vigencia la norma sancionada por el Congreso Nacional en febrero pasado, que promueve la oferta de una mayor cantidad de marcas en los supermercados con el objetivo bajar los precios de los productos.

Según adelantó el periodista Gustavo Sylvestre en Mañana Silvestre, el Jefe de Estado firmó la ley el viernes. Aunque la iniciativa se promulgó en los últimos días de marzo a través del Decreto 268/2020, había quedado pendiente de reglamentación para su entrada en vigencia.

Puntos clave

La norma tiene por objetivo contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar “sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores”. Asimismo, apunta a “evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado”.

La ley establece que los productos de una marca no pueden ocupar más del 30% de la góndola y que de un producto, por ejemplo, de fideos o galletitas, debe haber 5 marcas diferentes, como mínimo.

Además, el 25% de los productos deben ser de las Pymes, cooperativas o mutuales. Otro 5% de los productos deben ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular.

Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestren los productos; mientras que en la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.

La ley de góndolas también indica que los supermercados deberán contemplar distintos plazos y condiciones de contratación a los distintos proveedores según sean pymes o sectores de la economía popular. No podrán exigir aportes o adelantos financieros a los proveedores ni imponerles la entrega de mercadería gratuita o por debajo del costo de provisión como condición para exhibir los productos.

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