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Ley de Góndolas virtual: cómo se aplicará
La Secretaría de Comercio Interior reglamentó de la Ley de Góndolas virtual. Es decir, para las tiendas de venta online de grandes cadenas de supermercados.
La Secretaría de Comercio Interior reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados. Lo hizo mediante la Resolución 926/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La normativa establece que las páginas web de los supermercados, en primera instancia, deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida. Así, los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles.
Este ordenamiento deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria. Además, los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por Comercio Interior.
Así, si la o el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, igualmente podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida. La tercera cuestión que añade esta reglamentación es la identificación de productos fabricados por micro y pequeñas empresas (mipymes).
En este sentido, se deberán destacar en las páginas web de los supermercados la oferta de productos elaborados por mipymes, agricultura familiar, campesina e indígena; economía popular, cooperativas y asociaciones mutuales, también con señalética específica aprobada por el área que conduce Paula Español.
El texto también refiere a la obligación de diferenciar los bienes de precio más bajo como los productos mipymes; con la misma la reglamentación de la Ley de Góndolas para los comercios físicos. Asimismo, se utilizará la misma señalética en las tiendas virtuales y en los salones de venta para facilitar la visualización por parte de los consumidores y consumidoras. Quienes estén alcanzados por la normativa tienen un plazo de 60 días corridos para adecuar sus locaciones virtuales a las obligaciones que dicta la medida.
Aplicación de la Ley de Góndolas virtual
En resumen, la Resolución 926/2021 establece que:
- Los productos de cada categoría deberán estar ordenados de menor a mayor según su precio por unidad de medida.
- Las y los consumidores podrán visualizar primero los productos más baratos.
- Se destacará la oferta de productos fabricados por micro y pequeñas empresas.
- Los sitios web deberán distinguir los productos MiPyMEs y los de menor precio con señalética específica.
- Los sujetos alcanzados tienen un plazo de 60 días para adecuar sus locaciones virtuales.
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