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El Senado aprobó la ley “Mica Ortega” contra el Grooming

Durante la sesión del Senado, se otorgó media sanción a la creación del Programa Nacional de Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes, en el marco de la ley Mica Ortega.

El miembro informante fue el senador por Catamarca, Dalmacio Mera (FdT), quien inició su presentación leyendo una carta que había recibido de parte de la titular de la organización civil Mamás en línea. Destacó que esa “ONG ha impulsado mucha legislación sobre esta problemática”.

Mera afirmó que “vivimos pendientes de la conectividad” y que se trata de “una realidad que sabíamos que iba a llegar, pero que llegó de golpe”. “Esa conectividad nos hace vulnerables. Para muchas de esas aplicaciones tan sólo somos usuarios”, dijo. Subrayó que hay que “animarse a regular sobre estos temas” porque muchas veces “detrás de las pantallas hay quienes pretenden beneficiarse dañando a los más vulnerables: nuestros niños“.

La iniciativa define como grooming o ciberacoso a la acción en la que una persona, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.

El senador aclaró que regular sobre estos delitos no implica “caer en la tecnofobia”, ya que la tecnología “es la puerta del progreso”. Resaltó que “los verdaderos legisladores que impulsan esta iniciativa son las madres y los padres”. Entre ellos destacó a la madre de Mica Ortega, joven víctima del grooming, nombre con el que es conocida la ley.

Entre los objetivos del programa se encuentran:

  • generar conciencia sobre el uso responsable de las Tecnologías de la Información y Comunicación;
  • garantizar la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes frente al grooming o ciberacoso;
  • capacitar a la comunidad educativa a los fines de concientizar sobre la problemática del grooming o ciberacoso;
  • diseñar y desarrollar campañas de difusión;
  • y brindar información acerca de cómo denunciar este tipo de delitos.

La iniciativa fue aprobada por la unanimidad de todos los presentes.

El caso que impulsó la ley

Micaela Ortega desapareció de su casa el 23 de abril de 2016 y su cuerpo fue hallado el 28 de mayo en un descampado ubicado en cercanías de la ruta nacional 3, a las afueras de la ciudad de Bahía Blanca.

Por el hecho, la Policía detuvo a Jonathan Luna en una precaria vivienda que habitaba, que fue parcialmente incendiada por vecinos y donde se secuestraron una planchita de pelo, teléfonos celulares y demás pertenencias de Micaela.

Los investigadores llegaron a Luna tras determinar que se había contactado con la niña a través de Facebook, gracias a la información aportada por The National Center for Missing & Exploited Children, de Estados Unidos, un organismo que trabaja contra la pedofilia y explotación de niños.

Así se determinó que Luna poseía más de cuatro cuentas de Facebook en las que se hacía pasar por mujer, mediante una de las cuales captó a Micaela haciéndose pasar por una chica y la convenció para que se saliera de su casa y se dirigiera a una esquina, donde supuestamente la iba a pasar a buscar un amigo y donde, finalmente, fue captado por las cámaras de seguridad junto a la niña la última vez que fue vista con vida.

El ahora condenado a prisión perpetua había estado detenido por robo en el penal de la localidad de General Roca y se fugó tras acceder a una salida transitoria de prisión que le había otorgado la Justicia de Río Negro, por lo que tenía pedido de captura al momento del crimen de la niña.

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