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Cupo laboral del 1% para personas trans en el Sector Público

Los cargos del Sector Público Nacional deberán ser ocupados en una proporción no inferior al 1% por personas travestis, transexuales y transgénero. El decreto fue firmado por Alberto Fernández y Elizabeth Gómez Alcorta, ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

A través del Decreto 721/2020, publicado este viernes en el Boletín Oficial, se establece que en el Sector Público Nacional los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al UNO POR CIENTO (1%) de la totalidad de los mismos por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo.

Se aclara que dicho porcentaje deberá ser asignado a las mencionadas personas en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes.

Deben, asimismo, reservarse las vacantes que se produzcan en los cargos correspondientes a los y las agentes que hayan ingresado bajo el régimen del presente decreto para ser ocupadas en su totalidad por personas travestis, transexuales y transgénero, se explica en la resolución.

Se encuentran alcanzadas las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen a que refiere el artículo 3° de la Ley N° 26.743, de Identidad de Género.

En la decisión administrativa se hace hincapié sobre la discriminación al especificar que toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión, por lo que no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan el ejercicio de estos derechos.

Además, a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo en los términos del artículo 1° del presente decreto.

También se ordena la capacitación del personal del Poder Ejecutivo para asegurar que la inclusión se realice en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas.

Por último, establece la creación del Registro de Anotación Voluntaria de Personas Travestis, Transexuales y/o Transgénero aspirantes a trabajar en el Sector Público Nacional, como también la creación y funciones de la unidad de coordinación inter-ministerial, dentro del ámbito del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad.

Esta resolución se complementa al acuerdo firmado por el jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero; el presidente del Banco de la Nación Argentina, Eduardo Hecker; y el titular de la Asociación Bancaria, Sergio Palazzo, que establece el mismo cupo laboral dentro del Banco Nación.

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