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ARA San Juan: es Ley el beneficio para las familias

Se convirtió en Ley el beneficio único y extraordinario destinado a familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan.


La normativa reconoce a “familiares del personal militar tripulante del submarino ARA San Juan el derecho a percibir por única vez un (1) beneficio extraordinario de carácter económico por grupo familiar“.

El beneficio tendrá el carácter de indemnización extraordinaria a favor de los y las familiares del personal militar. Se indica la compensación por el siniestro ocurrido mientras el submarino desarrollaba tareas de vigilancia y control del mar; del que resultara la desaparición o muerte de la totalidad de la tripulación.

La Ley 27.615 entró en vigor con su publicación, este viernes, en el Boletín Oficial. Mantendrá su vigencia por el término de 365 días.

Si al tiempo de solicitar el beneficio extraordinario existieren acciones judiciales contra el Estado nacional fundadas en los mismos hechos; quienes pretendan acogerse al régimen deberán acreditar ante la autoridad de aplicación haber formulado el correspondiente desistimiento de la acción y del derecho ejercitados en los respectivos procesos y renunciar a entablar futuras acciones judiciales por el mismo hecho

aclara la normativa.

El texto contiene, además, un listado de por quienes se percibirá el beneficio.

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